Si tengo 6 semanas de embarazo y tengo contrato hasta el 25/01/2015, ¿puedo pasar a L-4 sin consecuencias? ¿La agencia extenderá mi contrato? Me siento mal y el trabajo es perjudicial para la embarazada, y el contrato se renueva cada 2 semanas. Trabajo desde hace 9 meses.
Si existen motivos de salud para la baja por enfermedad, la empleada debe aprovecharla, especialmente durante el embarazo. Por otro lado, las cuestiones de despido incorrecto del trabajo durante el embarazo se consideran teniendo en cuenta las disposiciones del código laboral relacionadas con la filiación. Según el art. 177 párr. 1 del Código del Trabajo: '' el empleador no puede rescindir o rescindir el contrato de trabajo durante el embarazo, así como durante la baja por maternidad, a menos que existan razones que justifiquen la rescisión del contrato sin previo aviso por su culpa y el sindicato que representa a la empleada haya acordado rescindir el contrato ''.
También vale la pena mencionar que esta disposición no se aplica a los empleados que se encuentran en un período de prueba no superior a un mes. El contrato de trabajo celebrado por un período determinado o por el tiempo de realización de un trabajo específico, o por un período de prueba superior a un mes, que se extinguiría a partir del tercer mes de embarazo, se prorrogará hasta el día del parto. En la situación anterior, puede resultar difícil ampliar el contrato de trabajo cada dos semanas. La situación de inseguridad laboral debe ser examinada por la Inspección de Trabajo de Poviat, a la que se debe informar de inmediato. Base jurídica: la Ley del Código de Trabajo (Boletín Legislativo de 2014, artículo 1502)
Recuerde que la respuesta de nuestro experto es informativa y no sustituirá una visita al médico.
Przemysław GogojewiczPerito legal independiente especializado en asuntos médicos.