Hola, soy médico cirujano. Recientemente, un paciente fue llevado al Servicio de Cirugía con síntomas neurológicos. ¿Puedo devolver a este paciente al departamento de neurología porque no califica para la cirugía? ¿Existe alguna base legal o regulación al respecto?
La decisión de trasladar al paciente a otra sala siempre se lleva a cabo como resultado de consultas entre los médicos de la sala. Es una de las condiciones necesarias para transportar al paciente, resultante de la normativa interna del hospital. El responsable de la toma de decisiones debe garantizar la continuidad del proceso de tratamiento del paciente que será trasladado a otra sala. También tiene que determinar cómo regresará el paciente, por ejemplo, después de una operación del departamento de cirugía al departamento de neurología. Todo esto requiere una decisión no solo del jefe del departamento de neurología, sino también del consentimiento del jefe del otro departamento. La condición necesaria para dicha migración de pacientes es también el consentimiento informado del paciente no solo para ser trasladado a otro lugar, a otra sala, sino también para los procedimientos médicos realizados por otros médicos. La admisión de un paciente en la sala junto con la documentación, es decir, la llamada autorización de admisión del paciente, tiene en cuenta la fecha y la hora del traslado del paciente. El paciente es dado de alta de la sala que abandona y se inscribe en la sala a la que es trasladado. La ficha estadística de la estancia del paciente en la primera sala se transfiere al consultorio médico inmediatamente después de la entrega del paciente. En el caso de traslado del paciente, es necesario emitir una derivación desde la unidad desde la que se traslada al paciente a la unidad a la que es trasladado. En la derivación es necesario indicar el motivo de la necesidad de hospitalización del paciente en la segunda sala. La sala que ingresa al paciente inmediatamente después del ingreso informa de la admisión en la sala de admisión del hospital, llena una ficha estadística que cubre el período de estadía temporal en la sala y completa el historial de la estadía del paciente. Base jurídica: Ley sobre los derechos del paciente y el defensor del paciente (Revista de leyes de 2012, artículo 159, según enmendada)
Recuerde que la respuesta de nuestro experto es informativa y no sustituirá una visita al médico.
Przemysław GogojewiczPerito legal independiente especializado en asuntos médicos.