Estuve empleada desde el 17 de agosto con un contrato de trabajo a plazo fijo hasta el 31 de marzo de 2016. Resultó que estaba embarazada de mellizos a mediados de julio, lo cual no sabía. El médico ya me ha ordenado que me acueste. ¿Puedo continuar con la exención y se pagará?
Si el embarazo requiere que el proceso de su curso sea bajo supervisión médica, y el ginecólogo o médico de familia indica que no se debe realizar ningún trabajo durante este período, vale la pena tomar una baja por enfermedad por su propio bien y el de sus hijos. En primer lugar, cabe señalar que durante el período de incapacidad laboral por enfermedad, no tiene derecho a una remuneración por realizar el trabajo. El empleado recibe beneficios para compensar esta remuneración, primero en forma de pago por enfermedad del empleador y luego en forma de beneficio por enfermedad.
Las reglas para determinar el monto de la paga por enfermedad son idénticas a las reglas para determinar la base de la prestación por enfermedad (art. 92 § 2 del Código del Trabajo), y esta última está regulada por la Ley de 25 de junio de 1999 sobre prestaciones en efectivo del seguro social en caso de enfermedad y maternidad.
El empleador no podrá rescindir o rescindir el contrato de trabajo durante el embarazo, así como durante la baja por maternidad, salvo que existan motivos que justifiquen la rescisión del contrato sin previo aviso por su culpa y la organización sindical que representa a la empleada haya acordado rescindir el contrato. Esto es lo que Art. 177 del Código del Trabajo. De acuerdo con esta posición, en algunos casos vale la pena tomar una baja por enfermedad. La base para el cálculo de la prestación por enfermedad se determina teniendo en cuenta la remuneración obtenida por el empleado en el empleador con el que estuvo empleado durante el período de incapacidad laboral.
Base jurídica Ley del Código del Trabajo (Boletín Legislativo de 1998, núm. 21, artículo 94, en su forma enmendada).
Recuerde que la respuesta de nuestro experto es informativa y no sustituirá una visita a un abogado.
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Przemysław GogojewiczPerito legal independiente especializado en asuntos médicos.