Tuve una pasantía en la UE durante 8 meses, luego recibí un contrato de mandato, es decir, del 28/01 al 27/04. Pago una contribución voluntaria al seguro médico. ¿A partir de qué día puedo recibir la baja por enfermedad remunerada?
Una persona empleada en virtud de un contrato de mandato debe tener el período ininterrumpido de 90 días requerido de seguro de enfermedad (artículo 4 (1) (2) de la Ley de prestaciones). El período de incapacidad laboral adjudicada, por el cual el contratista no tiene derecho a una prestación por enfermedad debido a la falta del período de espera requerido, se considera el período del seguro de enfermedad.
Por tanto, si persiste la incapacidad laboral, el contratista adquirirá el derecho a la prestación por enfermedad a partir del día 91 del seguro de enfermedad continuo.
No es necesario tener un período de espera de 90 días para solicitar el pago de la asignación por maternidad y la asignación por cuidados para el cuidado personal de un hijo (enfermo o sano en los casos especificados en la ley de prestaciones) o de otro familiar enfermo.
Así, el legislador hizo que el derecho a (adquirir) la prestación por enfermedad dependiera del período de permanencia (cotización) en la relación del seguro de enfermedad. Este período depende adicionalmente del título del seguro (seguro obligatorio o seguro voluntario). En jurisprudencia, este tiempo se denomina período de espera (período de gracia). Así lo enfatizó muy claramente en la resolución de la Corte Suprema de la Sala Administrativa, Laboral y del Seguro Social de 29 de octubre de 2002 (III UZP 8/02), que señaló que en el "sistema de seguro social regulado por la Ley de 25 de junio de 1999 sobre prestaciones en metálico de la seguridad social en caso de enfermedad y maternidad, el derecho a las prestaciones por enfermedad depende de estar asegurado durante un determinado período de tiempo. Base jurídica: Ley de prestaciones en metálico del seguro social en caso de enfermedad y maternidad (Gaceta Oficial de 2014, artículo 159, modificada)
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Przemysław GogojewiczPerito legal independiente especializado en asuntos médicos.