Estoy embarazada y pago contribuciones KRUS. ¿Recibiré un suplemento de parto? ¿Qué requisitos tengo que cumplir? Por favor consejo, gracias.
Según la enmienda del 1 de septiembre de 2013 art. 15 seg. 1 y seg. 1a de la Ley de 20 de diciembre de 1990 sobre el seguro social de los agricultores, la persona asegurada (agricultor, miembro del hogar) tiene derecho a una asignación por maternidad equivalente a cuatro veces la pensión básica por parto. La base para considerar el derecho a la prestación por maternidad es una solicitud presentada a la unidad organizativa de KRUS en el formulario KRUS SR 24, junto con el certificado de nacimiento abreviado del niño.
Si la madre del niño ha adquirido el derecho al subsidio de maternidad en el marco del sistema general, el padre del niño (agricultor, miembro del hogar) que cumpla la condición del seguro en el momento del nacimiento del niño, tiene derecho al subsidio de maternidad independientemente del subsidio de maternidad obtenido por la madre del niño para el empleo. El subsidio de maternidad se paga una sola vez, por el monto de cuatro veces la pensión básica aplicable al nacimiento del hijo.
Base jurídica: Ley de 20 de diciembre de 1990 sobre el seguro social de los agricultores (Boletín Legislativo de 2013, artículo 1403, modificada).
Recuerde que la respuesta de nuestro experto es informativa y no sustituirá una visita a un abogado.
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Przemysław GogojewiczPerito legal independiente especializado en asuntos médicos.