Me contrataron como reemplazo. La disposición del contrato dice lo siguiente: "el contrato se celebró durante la ausencia de la Sra. X, que se encuentra de licencia parental hasta el 31 de agosto de 2008". Actualmente, estoy embarazada de 6 meses y estoy de baja por enfermedad. Por correo, recibí una carta terminando el contrato de trabajo el 30 de septiembre de 2007. ¿El lugar de trabajo violó la ley? ¿Recibiré beneficios por el tiempo que continúen siendo despedidos?
Según el comentario del prof. Maria Teresa Romer al Código del Trabajo, no hay razones para suponer que en el caso de una empleada embarazada empleada "como reemplazo", no existe una prohibición general de rescindir los contratos de duración determinada y otros contratos a los que se refiere el art. 177 párr. 1 del Código del Trabajo. Esto significa que el empleador no puede rescindir o rescindir dicho contrato durante el embarazo de la empleada de reemplazo. Por lo tanto, el empleador rescindió el contrato en violación de la ley. En esta situación, se debe entablar una acción ante el tribunal laboral para establecer que el contrato fue rescindido en violación de la ley, y luego, en el caso de tal hallazgo, una compensación en el monto de la remuneración por el período durante el cual el contrato iba a durar, o por reintegro. trabajo. El empleado no pierde el derecho a la prestación por enfermedad, que será pagada por ZUS.
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