¿Pueden las enfermeras crear una empresa de zoológicos?
NO. Según el art. 5 de la Ley de actividad médica, las enfermeras pueden ejercer su profesión en forma de asociación de derecho civil, sociedad general o sociedad como práctica de enfermeras de grupo. El Art. 5 regula el problema del ejercicio de la profesión de enfermero como parte de la actividad médica. La disposición se refiere tanto a la normativa contenida en la ley de actividad médica como en otras leyes, como la ley de profesión de enfermera y partera. Una enfermera y una partera pueden ejercer: 1) bajo un contrato de trabajo; 2) como parte de una relación comercial; 3) sobre la base de un contrato de derecho civil; 4) como parte del voluntariado; 5) en el marco de las pasantías profesionales especificadas en la Ley de Actividad Médica: a) propiedad única como práctica de enfermería individual, práctica de enfermera individual solo en el lugar de llamada, práctica de enfermera especializada individual, práctica de enfermera especializada individual solo en el lugar de llamada, práctica de enfermera individual solo en una empresa de una entidad médica sobre la base de un contrato con esta entidad o una práctica especializada individual de una enfermera solo en una empresa de una entidad médica sobre la base de un acuerdo con esta entidad, b) una sociedad civil, sociedad general o una empresa asociada como un grupo de enfermeras practicantes Enfermera o partera que realiza una práctica individual o una práctica especializada individual puede emplear a personas que no sean enfermeras o parteras para realizar actividades auxiliares (de cooperación). Por el acuerdo de asociación, los socios se comprometen a esforzarse por lograr un objetivo económico común actuando de una manera específica, los socios son solidariamente responsables de sus obligaciones y cada socio tiene el derecho y la obligación de administrar los asuntos de la asociación. El Código Civil no otorga capacidad jurídica a la sociedad civil. Base jurídica: Ley de actividad médica (Boletín Oficial de 2013, artículo 217)
Recuerde que la respuesta de nuestro experto es informativa y no sustituirá una visita al médico.
Przemysław GogojewiczPerito legal independiente especializado en asuntos médicos.