Escribiste sobre visitas médicas domiciliarias. ¿Y un especialista? ¿Está obligado a realizar visitas domiciliarias? ¿Existen diferencias sobre este tema cuando se trabaja en la práctica privada? Saludos
La práctica privada no obliga al médico a realizar visitas domiciliarias. Las visitas domiciliarias en el marco de la atención primaria de salud son realizadas por médicos especialistas, de forma obligatoria, si la unidad de salud emplea a un determinado especialista y si el ámbito de sus funciones incluye la atención especializada del paciente. De conformidad con el artículo 6 del Reglamento del Ministerio de Salud sobre servicios garantizados en el ámbito de la atención especializada ambulatoria, en los casos que resulten del estado de salud del receptor, los servicios garantizados se prestan en su domicilio. En casos clínicamente justificados, el paciente tiene derecho a llamar a un médico especialista para una visita domiciliaria, según se especifica en la Ordenanza N ° 62/2009 / DSOZ del Presidente del Fondo Nacional de Salud de 2 de noviembre de 2009 sobre la determinación de las condiciones para la celebración y ejecución de contratos como la atención especializada ambulatoria. La visita domiciliaria de un médico especialista no exime al paciente de tener una derivación a un especialista emitida por un médico de seguros de salud. Base jurídica: Reglamento del Ministerio de Salud sobre servicios garantizados en el ámbito de la atención ambulatoria especializada (Boletín Legislativo de 2009, núm. 139, artículo 1142, enmendado).
Recuerde que la respuesta de nuestro experto es informativa y no sustituirá una visita al médico.
Przemysław GogojewiczPerito legal independiente especializado en asuntos médicos.