En 2009 sufrí una lesión en la rodilla (mientras corría). Fui a la sala de emergencias, pero después de consultar al cirujano, dijo que estaba bien. El dolor en mi rodilla era molesto, fui a ver a otro cirujano nuevamente. Dijo que era un simple esguince de rodilla y me recomendó que fuera a un ortopedista. Fui al ortopedista durante un año. Dijo que estaba bien, solo estaba creciendo. Después de un año y medio, me remitieron a un reumatólogo. Resultó que tengo artritis severa. Después de todo, el dolor seguía ahí. Me hice ecografía, resonancia magnética, etc. varias veces. Resulta que tengo el título de Condromalacia I. Los médicos recomendaron cirugía o inyectar medicamentos en mi rodilla. A fines del año pasado, fui hospitalizado; los resultados indican condromalacia de segundo grado y ligamentos desgarrados. Sigo sufriendo y no se vislumbra un final. ¿Puedo finalmente obtener alguna compensación? Después del accidente, estuve en PZU, pero dijeron que solo después de que se completó el tratamiento. El tratamiento no tiene fin. Los médicos dudan y el dolor aumenta. ¿Que puedo hacer?
Puede solicitar una compensación presentando una solicitud al Comité de Adjudicación de Eventos Médicos, ya que su enfermedad continúa y parte de ella comenzó después del 1 de enero de 2012. Puede enviar dicha solicitud en persona oa través de un abogado o asesor legal. Puede presentar una solicitud al comité dentro de un año a partir de la fecha en que la persona que presentó la solicitud se enteró del daño (infección, lesión corporal o trastorno de salud).
Solicitud de indemnización: plazos importantes
Sin embargo, el plazo de presentación de la solicitud no puede ser superior a los 3 años a partir de la fecha del hecho que provocó el daño. La Comisión emite una decisión sobre un evento médico a más tardar 4 meses después de la fecha de presentación de una solicitud completa. Dentro de los 7 días siguientes a la emisión del fallo, la comisión elabora una justificación.
Cada parte, después de recibir la decisión con la justificación, podrá, dentro de los 14 días, presentar una solicitud de reconsideración del caso. La comisión examina dicha solicitud en un plazo de 30 días a partir de la fecha de presentación. Al enviar la solicitud, indica el monto esperado de compensación y reparación.
El monto de la compensación
En caso de infección, lesión corporal o trastorno de salud, el monto de la indemnización y reparación no puede exceder los 100.000 PLN. PLN. La compensación o compensación la paga la aseguradora del hospital. Si el paciente no está de acuerdo con el monto propuesto por la aseguradora, podrá negarse a aceptar la oferta presentada por la aseguradora dentro de los 7 días.
Apelación contra la decisión de la aseguradora
Debido a que no es posible apelar contra la decisión del asegurador sobre el monto de la compensación, solicitar un beneficio superior requiere acudir a los tribunales. También puede ser de interés para el defensor del paciente.
Recuerde que es importante investigar toda la documentación sobre este asunto antes de proceder con cualquier acción.
Base jurídica: Ley sobre los derechos del paciente y el defensor del paciente (Revista de leyes de 2012, artículo 159, según enmendada)
Recuerde que la respuesta de nuestro experto es informativa y no sustituirá una visita al médico.
Przemysław GogojewiczPerito legal independiente especializado en asuntos médicos.